Santiago de Cali, Mayo _ de 2016
Señora
___
Ciudad
Modelo carta terminacion contrato con justa causa.
A través del presente escrito le comunicamos que a partir del día de hoy damos por terminado el contrato de trabajo con usted suscrito, por ello deberán cesar sus actividades laborales.
La causa que motiva la adopción de esta decisión es el Acta de diligencia de Cargos y Descargos realizada el día _de __de 2016.
HECHOS
PRIMERO.- La funcionaria __ entro a trabajar el día 1 de___ de 201_ bajo la modalidad de contrato a término indefinido.
SEGUNDO.- En el acta de descargos confeso la Sra. ____ que el trabajo lo hace de manera indirecta, y que contrato a un tercero sin autorización de la empresa, revelando información contable de la empresa a terceros, y realizando pagos al tercero contratado sin autorización.
TERCERO.- Que si tiene inconvenientes para realizar la declaración de renta, cree, y ica. [i]“RESPONDE, si, la capacitación corresponde a la experiencia.”
CUARTO.- La compañía _____, diagnostico que la contabilidad tenía errores en el registro contable y la información presentada en los balances, el cual no era congruente con la información registrada en el sistema contable SIIGO.
QUINTO.- Se encontró pago de sanción por la presentación extemporánea de impuestos:
- ICA: 1er cuatrimestre del 201____ $141.000
MOTIVACIONES
PRIMERO.- En primer lugar, es necesario señalarle las justas causas de terminación de los contratos de trabajo estipuladas en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, “ARTÍCULO 62. TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR JUSTA CAUSA.”
Nos permitimos indicarle que en cuanto a la terminación con justa causa procedemos a revelar los siguientes motivos concretos y específicos por los cuales se está dando por terminado con justa causa su contrato de trabajo.
SEGUNDO.- En este orden de ideas, [ii]El contrato de trabajo es una relación que de manera directa se ejecuta entre el empleador y el empleado, por consiguiente está prohibido la delegación, la cesión del mismo, la contratación de terceros o la dualidad contractual, en consecuencia como se detectó la subcontratación de un tercero sin autorización de la empresa, donde se realizan pagos sin autorización del representante legal a el señor____________. Es menester recordarle que es deber del trabajador a acatar las órdenes que su jefe en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, al igual que la imposición de reglamentos de la empresa, durante todo el tiempo que dure la relación laboral. Y en ningún momento se le ordeno esa contratación.
TERCERO.- ___________ subcontrató, un elemento esencial es decir que la labor no se desarrolló de manera personal, incumplió con la obligación que le correspondía demostrando la omisión o negligencia de en sus diferentes actuaciones dado el cargo adicional a esto realizo pagos no autorizados a un tercero, ____________ [iii]generando así un detrimento económico para la empresa demostrando además revelando información a un tercero de forma irregular y sin autorización. Las conductas aducidas por la empresa para la terminación motivada del contrato de trabajo de la actora se encuentran plenamente probadas con la confesión de la extrabajadora efectuada en el acta de descargos (anexo 1), “no tengo nada que decir, si incumplí en cosas con miras a no dejar que la empresa llegara a pagar unas sanciones, en algún momento manifesté a la sra diana que necesitaba asesoría externa e igual por correo lo manifesté. O era hacerlo o permitir que la empresa incurriera en sanciones. Eso es todo.” Cuando se le pregunto:
- “Usted tiene conocimiento que el no pasar los informes a tiempo perjudican la buena marcha de la empresa en cuanto a los informes a usted solicitados. Responde: si, entiendo que es necesario que se deba tener todo el registro al día, ¿pero en que momento he perjudicado a la empresa por no tenerlos?” “sírvase indicar si sabe el nombre del tercero que Usted contrato. Contesto: Julián Gutierrez”
CUARTO.- Revelo sin autorización información financiera y contable de carácter reservado de first global response s.a.s al tercero ____
QUINTO.- La compañía ________, diagnostico que la contabilidad que era responsabilidad de ______ tenía errores en el registro contable y la información presentada en los balances, el cual no era congruente con la información registrada en el sistema contable SIIGO.
SEXTO.- Así las cosas, si de la conducta del trabajador y los hechos que la preceden se aprecia sin equívocos ni complejidades hemerneúticas, una intención clara y manifiesta para dar una terminación con justa causa dado el engaño por parte del trabajador al subcontratar de manera arbitraria con dinero de la empresa y sin autorización de___________ ; y como consecuencia de ello, la ley prevé que dicha conducta es justa causa para la terminación del contrato.
La corte suprema de justicia reitera una vez más que debe existir inmediatez entre la falta que se le imputa al trabajador y la sanción que se le impone.
Aunque la corte no precisa el tiempo que debe transcurrir entre la ocurrencia de la falta y la imposición de la sanción, se refiere a un tiempo razonable que permita ofrecer certeza que en efecto la sanción corresponde a la falta imputada y no a otra razón diferente a la existencia de una justa causa para la imposición de la sanción.
SEPTIMO.- En sentencia del 17 de mayo de 2011, expediente 36014 dijo la sala laboral de la corte:
Lo asentado permite a la Corte recordar lo que en múltiples ocasiones ha sostenido, esto es, que la terminación del contrato de trabajo por justa causa por parte del empleador debe ser, además de explícita y concreta, tempestiva, pues aun cuando el legislador no ha establecido límites temporales máximos para que ante tal situación éste invoque en su favor la condición resolutoria del vínculo jurídico, no puede desatenderse que entre éstas y aquella no debería mediar término o, a lo sumo, el que resulte apenas razonable, y que de no proceder el empleador inmediatamente o dentro de un plazo razonable a provocar el despido del trabajador se impone entender, en sana lógica, que absolvió, perdonó, condonó o dispensó la presunta falta.
El Código Sustantivo del Trabajo señala expresamente unas obligaciones especiales y unas prohibiciones especiales al trabajador (Art. 58 y 60), además de un listado de causales de despido (Art. 62), no se puede considerar que sean las únicas que taxativamente existan, pues las órdenes que el empleador dé, son parte de su poder subordinante.
Se determina con base en el artículo 62, 58 numeral 1, 2, 5ª del Código Sustantivo del Trabajo Dichas causas y faltas están tipificadas como justa causa de despido en el Capítulo 2 Numeral 2.4 y el Capítulo 1 Numeral 1.2 del Manual del Empleado aplicable a esta empresa.
Solicitamos dirigirse al área de Gestión Humana para firmar la liquidación correspondiente a sus prestaciones sociales.
Atentamente,
_________________________
Representante Legal
- Hoja de vida
[i] Acta de descargos 6 de mayo 2016
[ii] Numeral 5, articulo 62 y articulo 58 1 a artículo 58. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL TRABAJADOR. Son obligaciones especiales del trabajador: 1a. Realizar personalmente la labor, en los términos estipulados; observar los preceptos del reglamento y acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de modo particular la impartan el empleador o sus representantes, según el orden jerárquico establecido
[iii] ARTICULO 58. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL TRABAJADOR. Son obligaciones especiales del trabajador: 2a. No comunicar con terceros, salvo la autorización expresa, las informaciones que tenga sobre su trabajo, especialmente sobre las cosas que sean de naturaleza reservada o cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios al empleador, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del contrato o de las normas legales del trabajo ante las autoridades competentes.