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Academico
- 02 Jul, 2016
PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – BENEFICIARIOS
PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES – BENEFICIARIOS
En forma vitalicia: Cónyuge o compañero (a) permanente si a la fecha del fallecimiento del causante > 30 años.
Si es por muerte del pensionado: Acreditar vida marital > 5 años anterior a la muerte.
En forma temporal: Cónyuge o compañero (a) permanente si a la fecha del fallecimiento del causante < 30 años. Duración máxima: 20 años. Si existen hijos: vitalicia.(Exequibilidad de los 30 años: Sentencia C-1094, 2003)
Si compañera + sociedad conyugal anterior vigente: Pensión en proporción al tiempo de convivencia con el fallecido.
Si convivencia SIMULTÁNEA en los últimos 5 años (Cónyuge y compañera): Beneficiaria CÓNYUGE.